Tipo legal de interés de demora aplicable a las Operaciones Comerciales

Resolución de 29 de diciembre de 2015, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se publica el tipo legal de interés de demora aplicable a las operaciones comerciales durante el primer semestre natural del año 2016 

A efectos de lo previsto en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, y en cumplimiento de la obligación de publicar semestralmente en el «Boletín Oficial del Estado» el tipo legal de interés de demora, la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera ha hecho público el tipo legal de interés de demora, aplicable a las operaciones comerciales, durante el primer semestre natural del presente 2016:

En la última operación principal de financiación del Banco Central Europeo en el segundo semestre de 2015, efectuada mediante subasta a tipo fijo que ha tenido lugar el día 29 de diciembre, el tipo de interés aplicado ha sido el 0,05 por 100.

En consecuencia, el tipo legal de interés de demora a aplicar durante el primer semestre natural de 2016 es el 8,05 por 100.

Para cualquier aclaración al respecto, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

Atentamente,

AB ECO CONSULTORES LEGALES Y TRIBUTARIOS, S.L.P.

 

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